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Fuente: 23 Enero 2025

Bono Alquiler Joven 2024

Ves preparando la documentación, el plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 3 de febrero de 2025. El procedimiento de concesión de la subvención será en régimen de concesión directa, por lo que el orden de prelación (preferencia), será el de presentación.

Nueva convocatoria de la subvención directa al alquiler denominada Bono Alquiler Joven

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 3 de febrero 2025 

EN QUE CONSISTE

Se trata de una subvención directa a las personas arrendatarias, para contribuir al pago de la renta de la vivienda o habitación.

QUE IMPORTE SE RECIBE

La cuantía de la ayuda es por un importe de 250 euros al mes y se concede por un periodo máximo de 2 años, con carácter retroactivo desde el 01 de Enero de 2024. Por tanto, se trata de un total de 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades

QUE REQUISITOS SE SOLICITAN

Para poder solicitar esta ayuda deben cumplirse, entre otros, los  siguientes requisitos generales:

  • Tener entre 18 y 35 años.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda conforme a la LAU, de cesión de uso o de habitación, o estar en disposición de suscribirlo
  • La vivienda objeto de contrato debe tener una renta igual o inferior a 900 euros, o 450 euros mensuales si el contrato es de habitación.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos. La unidad de convivencia deberá tener ingresos inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Las convocatorias podrán contemplar ingresos superiores en el caso de viviendas compartidas por varias personas jóvenes.
  • No ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España.

QUE DOCUMENTACIÓN SE APORTA

Con la solicitud cumplimentada se deberán presentar entre otros los siguientes documentos

  • Copia del contrato de alquiler o de cesión de uso,
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico. 
  • Justificantes que acrediten los pagos del alquiler de los meses correspondientes al periodo subvencionable hasta la fecha de la presentación de la solicitud
  • Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT y/o otra documentación justificativa de los ingresos anuales del periodo impositivo vencido a fecha de solicitud, de arrendatarios y de los mayores de edad que componen la unidad de convivencia.
  • Documentación acreditativa de disponer de una fuente regular de ingresos. Nota de Localización ofrecida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada

Si necesitas más información pasáte por la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler en el Centro Dejóvenes Plaza España,1 Leganés

Teléfono: 91 248 93 45 / 46

Correo: viviendajoven@leganes.org

 

Se recomienda la presentación de la documentación a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/bono-alquiler-joven-2024 si tienes DNIe o Certificado digital, si no sabes cómo obtenerlos consulta en el Centro Dejóvenes. Si traes la documentación en un pendrive, te acompañamos en la presentación de la ayuda.

Enlace directo a la tramitación:

https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/bono-alquiler-joven-2024

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